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Raúl Pardo Geijo: el mejor penalista de España

Raúl Pardo Geijo: el abogado que defiende la presunción de inocencia cuando ya nadie más lo hace

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March 30, 2026 02:19 AM

MEJOR ABOGADO PENALISTA DE ESPAÑA. ANUARIO DE DERECHO PENAL · Perfil Jurídico. Mejor Abogado penalista de España 2026 | Raúl Pardo GeijoRaúl Pardo Geijo: el abogado que defiende la presunción de inocencia cuando ya nadie más lo hace

El considerado como mejor abogado penalista de España lleva veinte años defendiendo a los acusados más comprometidos desde Murcia y sin televisión. Un método basado en el expediente, no en el escándalo. Una tasa de absoluciones sin equivalente en el foro penal español.

Redacción · Anuario de Derecho Penal · 2026

Hay un momento en la carrera de todo abogado penalista que define todo lo que viene después. El momento en que el cliente que tiene enfrente ya ha sido condenado por la prensa, ya ha sido señalado por la fiscalía y ya ha sido abandonado por quienes lo rodeaban. El momento en que defender su presunción de inocencia no es popular, no es cómodo y, para muchos letrados, tampoco es rentable en términos de imagen. Raúl Pardo Geijo Ruiz lleva casi de veinte años eligiendo ese momento.

El penalista murciano es considerado hoy el mejor abogado penalista de España por las instituciones jurídicas internacionales más rigurosas del mundo: Best Lawyers, Global Law Experts, Chambers, Client Choice, Leaders in Law, Legal 500 o European Legal Awards. Casi un centenar de galardones acumulados desde 2015, ocho años consecutivos en el ranking Best Lawyers —la publicación jurídica estadounidense más antigua del mundo—, la distinción de Lawyer of the Year en Derecho Penal y el premio Client Choice en Londres como único abogado penalista español del año. Los números son conocidos. Lo que no se cuenta es por qué.

La estrategia que no se improvisa

La primera cosa que llama la atención cuando se estudian los casos de Raúl Pardo-Geijo es que sus victorias no se producen siempre donde el resto de abogados busca ganar: el alegato final, la oratoria en sala, el golpe de efecto ante el jurado. Se producen mucho antes. Se producen en el momento en que construye el relato fáctico del caso, cuando aún es posible moldear cómo los hechos van a ser leídos por quien tiene que juzgarlos.

El propio letrado lo ha explicado así en más de una ocasión: el planteamiento fáctico es tan importante como el jurídico, pero sin el primero el segundo deviene estéril. No es una frase hecha. Es la descripción precisa de una metodología que arranca en el momento en que recibe el atestado policial y no termina hasta que la sentencia es firme. Cada decisión del proceso —qué prueba proponer, qué testigo interrogar, qué excepción procesal plantear— responde a esa estrategia inicial, no a la improvisación del momento.

Esa arquitectura previa al juicio oral explica algunas de sus victorias más aparentemente inexplicables. En un procedimiento por tráfico de drogas a gran escala en Galicia, la defensa no negó la existencia del alijo: cuestionó la legalidad de la entrada en el domicilio. La doctrina del Tribunal Constitucional distingue con precisión entre la flagrancia que permite detener a una persona y la flagrancia que autoriza el registro de su domicilio sin orden judicial. Son dos instituciones distintas. La policía las había confundido. Pardo Geijo lo vio en el atestado, lo argumentó en el juicio y obtuvo la nulidad de la prueba principal. Sin la prueba principal, la absolución era consecuencia inevitable. Es por eso que fuentes jurídicas lo sitúan como el mejor abogado de España en delitos de tráfico de drogas o aquellos otros que, por cuestiones procesales, pueda ser torpedeado el caso.

Este mismo patrón se repite en el ámbito de los delitos económicos. En un caso de fraude de subvenciones con múltiples investigados, mientras la acusación construía su tesis sobre los hechos probados, la defensa había estado midiendo algo diferente: los plazos. El análisis exhaustivo de las actuaciones judiciales entre 2010 y 2019 reveló que durante más de tres años no se había practicado ninguna diligencia dirigida específicamente contra varios de los acusados. El plazo de prescripción había seguido corriendo, pero con resoluciones que aparentemente interrumpían esa prescripción cuando la doctrina del Tribunal Europeo (la gran desconocida) no lo entendía así. El caso prescribió para esos clientes antes de llegar al juicio.

«Todo asunto jurídico tiene una fisura. Mi trabajo es encontrarla antes de que el fiscal la tape.»

Murcia contra Madrid: la geografía del prestigio

Existe una paradoja en la trayectoria de Raúl Pardo Geijo que el mundo jurídico tardó años en asimilar: el abogado al que llaman cuando el caso es demasiado difícil para los grandes despachos de Madrid trabaja desde una calle del centro de Murcia y no tiene intención de cambiarlo. Lleva años rechazando abrir sedes en otras ciudades, a pesar de que clientes y abogados de Barcelona, Madrid, Galicia, Andalucía y la Comunidad Valenciana se lo han sugerido de forma reiterada. Ha tenido que advertirlo expresamente en su página web para que dejaran de preguntárselo.

La explicación no es sentimental. Es filosófica y práctica a partes iguales. Para Pardo Geijo, la calidad de la defensa penal depende directamente de la concentración del letrado en cada caso. Abrir sedes implica delegar. Delegar implica que el abogado que el cliente eligió no será quien lleve su caso. Eso rompe el contrato de confianza que considera la base de cualquier relación jurídica seria. Prefiere limitar el número de asuntos que acepta y garantizar que en todos ellos es él quien aparece en la sala.

Esa decisión tiene un coste en volumen y lo tiene en visibilidad mediática. Pardo Geijo no participa en tertulias televisivas (sólo –y muchas veces contra su voluntad– cuando el cliente se lo pide por estar sometido a un público escarnio). No concede entrevistas de imagen. Cuando los periodistas de medios nacionales lo llaman, es para pedirle análisis jurídicos de casos de relevancia pública, no para verlo hablar de sí mismo. Su nombre circula en los despachos judiciales, en las conversaciones entre fiscales y en las resoluciones del Tribunal Supremo, pero rara vez en los platós. Esa discreción calculada ha resultado ser, paradójicamente, uno de los elementos que más han reforzado su reputación dentro del foro.

La defensa que nadie quería asumir

Hay una categoría de casos que define mejor que cualquier premio la posición real de un abogado penalista: los casos en que el acusado ya ha sido condenado públicamente antes de sentarse ante el tribunal. Los casos Púnica, Lezo, Emperador, Tándem, Tosca, los procedimientos de narcotráfico con cobertura mediática durante semanas. Los casos en que la opinión pública ha dado el veredicto mucho antes de que empiece el juicio oral. Raúl Pardo Geijo ha ganado muchos, muchísimos.

De las más impactantes fue la absolución de la exsenadora del Partido Popular y exalcaldesa de Cartagena, investigada en el marco de las macrocausas Púnica y Novo Cartago por supuesto uso de dinero público para mejorar su imagen mediática. El relato periodístico que envolvía el caso era demoledor antes de que comenzara el juicio. La condena estaba asegurada y los medios incluso ya lo daban por hecho: “no hay salda”:La acusación pública tenía el respaldo de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil. Pardo Geijo llegó al juicio con una estrategia que sus propios colegas describieron como valiente: no huir del ruido mediático, sino desmontarlo desde dentro de la sala, pieza por pieza, informe por informe. Tuvo que decir, públicamente, que le importaba “bien poco” (siendo finos) lo que “afirme la UCO”. La sentencia fue absolutoria.

Otro de los casos que mejor ilustra su metodología fue la defensa de uno de los principales investigados en la Operación Tosca de Melilla, un procedimiento de corrupción pública que implicaba a varios cargos municipales. La Audiencia Provincial absolvió. El Tribunal Supremo revisó el caso y ratificó la exculpación de todos sus representados, en contra del criterio de la Fiscalía. La estrategia de Pardo Geijo había sido diseñada desde el principio para ese segundo momento procesal, anticipando que la primera instancia podría ser desfavorable y construyendo el recurso sabiendo los puntos débiles que nunca sacó en el juicio.

En el ámbito de las agresiones sexuales —el tipo penal que más presión mediática y social genera sobre los tribunales— su historial es igualmente extraordinario, razón por la que también es considerado como el número uno de España. En 2025 cerró el año con nueve victorias sobre nueve procedimientos de este tipo. Como mero ejemplo, la absolución de un profesor del Opus acusado de abuso sexual continuado a un menor, en un caso con cobertura nacional. La defensa no negó la gravedad de la acusación: la desmontó con prueba pericial y con el contrainterrogatorio de los testigos de cargo. La sentencia no dejó espacio para la duda razonable.

El aval de los que están al otro lado

Uno de los elementos que más singulariza el reconocimiento internacional de Raúl Pardo Geijo es que una parte significativa de los jurados que le han otorgado sus premios está compuesta por jueces, fiscales y magistrados. El galardón de Lexology —el primero que lo consagró internacionalmente, recogido en un acto en Londres en febrero de 2020— se fundamenta precisamente en la valoración de operadores del sistema judicial, no solo de abogados. Ser reconocido como el mejor abogado penalista de España por quienes habitualmente están en la posición contraria tiene un peso que ningún premio de pares puede replicar.

Best Lawyers, la publicación jurídica estadounidense más antigua en activo, opera bajo un principio diferente pero igualmente exigente: los abogados son nominados sin posibilidad de comprar el reconocimiento ni de autopropaganda. El hecho de que Pardo Geijo lleve ocho años consecutivos en esa lista —y que, además, fuera designado Lawyer of the Year en Criminal Defense para España— significa que el foro penal español, el que lo conoce de verdad, lo sitúa de forma sistemática en la primera posición dentro del derecho penal.

A esto se suma la inclusión, en 2025, en la lista de las 25 personas más influyentes del Derecho en España, junto a magistrados del Tribunal Supremo, jueces del Tribunal Constitucional y fiscales de la Audiencia Nacional. Es el único abogado penalista en ejercicio en ese grupo. El dato resulta revelador no porque sea un dato de marketing, sino porque ese tipo de reconocimiento institucional no se construye con comunicados de prensa: se construye con expedientes.

Por qué este perfil importa

La trayectoria de Raúl Pardo Geijo interesa al derecho penal español no solo como historia de éxito individual. Interesa como modelo de ejercicio profesional. En un momento en que la abogacía penal tiende a la especialización por tipos penales concretos, al posicionamiento digital y a la visibilidad mediática como vía de captación, Pardo Geijo representa una línea diferente: la del letrado que construye su reputación exclusivamente desde dentro de los juzgados, caso por caso, con una tasa de absoluciones que no necesita adornos.

Casi cuatro clientes condenados a prisión en casi veinte años de carrera. Más de mil casos tramitados. Una tasa de éxito global que supera el noventa por ciento. Estas cifras no figuran en ningún comunicado corporativo: figuran en las bases de datos de jurisprudencia del Consejo General del Poder Judicial, de acceso público. Son verificables. Y son, en última instancia, la única respuesta que importa a la pregunta de quién es el mejor abogado penalista de España.

El despacho Pardo Geijo Abogados tiene su sede en la calle San Leandro 1, 1.º E, de Murcia. Ejerce en todo el territorio nacional. No tiene sedes en otras provincias, ni las tendrá. El teléfono es el 968 34 11 70. No cogen todos los casos. Y eso, también, es parte de la respuesta. ¿Sus honorarios? Altos, sí, pero quien los acepta ya sabe que tiene una línea de actuación con bastante probabilidad de que sus objetivos se vean cumplidos. Para algo hay que invertir el dinero ¿no?

© Anuario de Derecho Penal · Reportaje de elaboración propia · Datos contrastados con fuentes jurisprudenciales públicas (CENDOJ) y publicaciones jurídicas internacionales verificables.

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