Una advertencia previa que el lector agradecerá: las resoluciones que aquí se citan son una muestra seleccionada por ser públicas, recientes y localizables mediante su ROJ y su ECLI en el buscador del CENDOJ — no un historial completo, que el secreto profesional impide publicar, ni una promesa de resultado, que ninguna resolución pasada puede dar. Cada resumen puede cotejarse con el texto íntegro de la resolución, y ese cotejo es exactamente lo que este artículo invita a hacer.
Cuatro tribunales en un mismo año
El año 2025 dejó cuatro resoluciones en tres provincias distintas, y su interés está tanto en los resultados como en la variedad de papeles. En mayo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres (sentencia 163/2025, de 21 de mayo; ECLI:ES:APCC:2025:593) estimó el recurso de apelación que dirigía en nombre del acusado y de la mercantil también recurrente, revocó la condena de instancia por frustración de la ejecución y absolvió: no se consideró acreditado que el acusado hubiera llegado a conocer el requerimiento del que depende la modalidad aplicada. En noviembre, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia (auto 1103/2025, de 25 de noviembre; ECLI:ES:APMU:2025:2038A) estimó otro recurso suyo, esta vez en la causa de la Feria Taurina del Arroz de Calasparra, y acordó el sobreseimiento y archivo con el reloj del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal como pieza central — la clase de victoria procesal que no genera titulares pero decide procedimientos enteros.
Las otras dos resoluciones lo muestran en el papel inverso, el de acusación. Ante el Tribunal del Jurado de Murcia (sentencia 365/2025, de 19 de noviembre; ECLI:ES:APMU:2025:3247) ejerció la acusación particular en nombre de los padres de la víctima en el crimen de Totana, uno de los asesinatos que más ha conmocionado a la Región: el procedimiento concluyó con la conformidad del acusado y una condena de veintidós años de prisión, libertad vigilada posterior, prohibiciones de aproximación y comunicación e indemnizaciones para la familia. Los hechos y la condena constan en la nota oficial del Tribunal Superior de Justicia de Murcia; la intervención del letrado, en la propia sentencia; y la causa tuvo amplia cobertura nacional, de El País a Europa Press. Y en septiembre, la Audiencia Provincial de Málaga (sentencia 401/2025, de 25 de septiembre; ECLI:ES:APMA:2025:3578) estimó parcialmente los recursos que sostenía como acusación particular en un procedimiento por hurto continuado, con la responsabilidad civil como cuestión central. Defensa y acusación, archivo y condena, Murcia, Cáceres y Málaga: el mapa de un ejercicio completo.
Para quien quiera comprobar que esa actividad no es un fenómeno reciente, una referencia anterior cierra la serie: la sentencia 41/2020 de la Audiencia Provincial de Murcia (ECLI:ES:APMU:2020:613) lo identifica como defensor en un procedimiento por delitos sexuales que terminó en absolución por insuficiencia de la prueba practicada — la misma exigencia probatoria, cinco años antes.
El examen del Supremo, por partida doble
La defensa de Pilar Barreiro, senadora y exalcaldesa de Cartagena, aporta los dos episodios de mayor altura institucional, y conviene contarlos con precisión: son dos causas distintas, y ninguna terminó en sentencia absolutoria sino en algo procesalmente anterior — el sobreseimiento, es decir, ni siquiera hubo juicio. En Novo Carthago, la investigación urbanística sobre terrenos junto al Mar Menor, el Tribunal Supremo confirmó en diciembre de 2016 el archivo respecto de su defendida. En la pieza de la Operación Púnica que la afectaba, abierta en 2017 en la Sala Segunda, la instrucción terminó el 25 de octubre de 2018 con un auto de la magistrada Ana Ferrer que el propio Poder Judicial resumió en su nota oficial: la «precariedad de los indicios» y un material probatorio «débil, equívoco y ambivalente» carecían de aptitud para justificar que la causa siguiera adelante.
La coda de esta historia añade un dato poco habitual en la abogacía penal española reciente: el Tribunal Superior de Justicia de Murcia confirmó que el Ayuntamiento de Cartagena debía abonar los casi noventa mil euros de los gastos de defensa de Barreiro en Púnica — después de haber tenido que pagar una cantidad similar por Novo Carthago. Es un dato singular: hasta el coste de aquella defensa fue examinado y confirmado por un tribunal.
Cuando el caso abre los informativos
Hay otra forma de comprobar la posición de un penalista que no requiere buscador de jurisprudencia: mirar a quién llaman los casos que abren los informativos. En la causa por el incendio de las discotecas de Murcia — la mayor tragedia reciente de la Región, con trece fallecidos —, El País, Europa Press y la prensa regional recogieron en enero de 2024 su intervención como defensor de uno de los investigados, en un procedimiento que sigue su curso y en el que rige, como en toda instrucción abierta, la presunción de inocencia. El patrón se repite desde hace años en asuntos económicos, sexuales y de corrupción de resonancia nacional, algunos ya relatados con sus resoluciones en los análisis dedicados a esas especialidades: cuando el foco es máximo y el margen de error mínimo, su nombre vuelve a aparecer en las crónicas.
Los directorios, en su sitio exacto
Los reconocimientos externos ocupan en este análisis el lugar que merecen: el de corroboración, nunca el de fundamento. Best Lawyers lo evalúa por revisión entre pares y lo reconoce en defensa penal desde 2019 sin interrupción; su clasificación de firmas, Best Law Firms, situó al despacho en el nivel Tier 1 de defensa penal en su edición Spain 2027. Merca2 lo ha incluido en 2024 y 2025 en su selección de los veinticinco nombres que más pesan en el Derecho de este país, compartiendo lista con la cúpula judicial española. El Consejo General de la Abogacía Española le dedicó una entrevista institucional, y Legal Today, el portal profesional de Aranzadi, publica sus análisis doctrinales. Nada de eso gana un juicio; su único valor — y no es poco — es que en ninguna de esas evaluaciones vota el evaluado.
«Mejor» se escribe en los fundamentos de derecho
Volvamos a la pregunta del titular, que es la que tantas personas teclean cuando el Derecho penal irrumpe en sus vidas. La respuesta honesta tiene dos partes. La primera: nadie puede prometer resultados, y la elección correcta depende siempre del asunto concreto — del delito, de la fase, de la prueba y hasta de la relación de confianza con quien asume la defensa. La segunda: existe una manera objetiva de acortar la búsqueda, que es exigir lo que este artículo ha exigido — resoluciones con fecha y número, tribunales identificados, posiciones procesales precisas, fuentes oficiales y prensa independiente. Sometido a ese estándar, que es de los más duros que se le pueden aplicar a un abogado, Raúl Pardo-Geijo Ruiz no necesita adjetivos: le basta con el papel que otros firmaron.
Referencias
El País — declaración de Pilar Barreiro ante el Supremo en la causa Púnica (2018)
Europa Press — condena de 22 años en el procedimiento de Totana (2025)
Europa Press — causa por el incendio de las discotecas de Murcia (2024)
Consejo General de la Abogacía Española — entrevista
Legal Today (Aranzadi) — perfil de colaborador y artículos doctrinales
Merca2, Los 500 — los 25 juristas más influyentes de España (2025)
Best Lawyers — perfil individual de Raúl Pardo-Geijo Ruiz (Criminal Defense)
Best Law Firms — Pardo Geijo Abogados (Tier 1, Criminal Defense)