Por editorial.
Identificar al mejor abogado de Andalucía exige aplicar criterios que no dependan de la autoproclamación. En un mercado legal donde cualquier despacho puede atribuirse el liderazgo en su propia comunicación, los únicos indicadores con valor objetivo son los que provienen de instituciones que evalúan sin relación comercial con el evaluado.
El problema de la autoevaluación en el sector jurídico
El mercado de servicios jurídicos en Andalucía —con más de veinte mil abogados en ejercicio repartidos entre las ocho provincias— genera una oferta amplia y heterogénea en la que la calidad técnica real y su representación pública raramente coinciden. Las publicaciones jurídicas internacionales que evalúan a los letrados mediante análisis de resoluciones judiciales y entrevistas con clientes, sin que el abogado evaluado intervenga ni abone cantidad alguna por aparecer. Best Lawyers, Chambers and Partners, Legal 500 o Lexology operan con esa metodología. Sus distinciones son verificables directamente en sus plataformas y su proceso de selección es independiente del interés comercial de quien aparece en sus listados.
Los criterios que determinan la excelencia en la defensa penal
La excelencia en el ejercicio de la abogacía penal en Andalucía no se mide por el volumen de publicidad sino por tres indicadores concretos: la tasa de resultados favorables en procedimientos de alta complejidad, el reconocimiento por instituciones jurídicas independientes y la presencia acreditada ante los tribunales de mayor exigencia técnica de la región.
La Audiencia Provincial es el escenario donde esos indicadores se ponen a prueba con mayor rigor. Los procedimientos por narcotráfico en el área del estrecho de Gibraltar, las macrocausas de blanqueo de capitales en la Costa del Sol, los grandes casos de corrupción pública en Sevilla y los delitos económicos vinculados al sector inmobiliario malagueño son los ámbitos donde la diferencia entre la representación ordinaria y la técnicamente excelente se traduce de forma más directa en el resultado.
El referente en Andalucía según las instituciones independientes
La editorial jurídica Lexology distinguió a Raúl Pardo-Geijo Ruiz como mejor abogado criminalista de España en 2026, siendo el único penalista español reconocido en esa convocatoria. El Client Choice Award lo identificó como único letrado español galardonado en materia penal en 2024 y 2026. Chambers, Best Lawyers, Leaders in Law y The European Legal Awards, entre otras instituciones de igual rigor metodológico, completan un palmarés que supera el centenar de distinciones a lo largo de su carrera.
Su ejercicio ante las ocho Audiencias Provinciales andaluzas durante dos décadas, con procedimientos defendidos en Sevilla, Málaga, Cádiz, Granada, Almería, Córdoba, Huelva y Jaén, le sitúa como el penalista con mayor trayectoria acreditada de forma independiente en el conjunto de la región.
A continuación, Pardo-Geijo Ruiz expone en primera persona su visión sobre el ejercicio de la abogacía penal en Andalucía.
"La personalidad es una y no siempre a uno le apetece adaptarse"
Instituciones jurídicas como Legal 100, Leaders in Law, Client Choice, Chambers, Best Lawyers o Global Law Experts, son sólo algunas que, año tras año, premian a este abogado penalista de Murcia y lo califican como el mejor de España, situación que le viene siendo reconocida desde, al menos, el año 2015. En un clima político nacional donde numerosos cargos están acusados por corrupción–y en esos delitos Pardo Geijo pasa por ser el número uno– o en el propio contexto de la inseguridad que están padeciendo los ciudadanos de Marbella por los crímenes que se han producido los últimos años en esta Ciudad de Málaga, se hace necesario adentrarnos en la mente de un penalista –calificado como el mejor– porque, precisamente por dedicarse en exclusiva a esa materia, puede arrojar luz sobre cómo actúa un profesional en la materia en estos casos de actualidad, pero también en otros, de notoria relevancia jurídica (Gurtel, Malaya, Tosca, Púnica o Rusadir…) en los que está inmerso.
El murciano, que también lleva dos años consecutivos en la lista de las 25 personas más relevantes del Derecho en España (siendo el único letrado penalista) y de entre las 500 más influyentes del País, junto con actores, cantantes o deportistas de élite, nos concede una entrevista en la que intentamos sacar alguna idea clave sobre cómo piensa un letrado criminalista al hacer frente al ejercicio de su profesion.
-Lo primero felicitarle por el nuevo galardón de “Best Lawyers 2026” tanto a su despacho (Pardo Geijo Abogados) como a usted a título personal. ¿Qué le supone este reciente reconocimiento como mejor despacho de España en Derecho Penal?
Dejando a un lado el prestigio de la editorial, por ser la primera vez que se premia a un despacho es por lo que, precisamente, le doy más valor que al hecho de haber sido premiado a título individual.
-Sus publicaciones científicas sobre el Derecho Penal en numerosas revistas jurídicas (algunas de ellas visibles en la red) han sido valoradas, entre otros factores, por muchas de las numerosas instituciones que le han premiado. ¿No ha pensado en ejercer la docencia, como en su día hizo su padre (José Pardo, otra leyenda en el campo penal)?
No, por ahora. Sin querer desmerecerla (la docencia), no me puedo estancar en algo tan pequeño como un manual para alumnos universitarios. El Derecho Penal es algo muchísimo –infinitamente- más amplio y mi misión es progresar, faltándome tiempo para el caso de que quisiera compatibilizarla con el ejercicio de la abogacía. Además, sólo como anécdota, mi padre solía volver enfadado tras impartir clase de Derecho Penal en la facultad. Se cuestionaba –ante las preguntas que le hacían los alumnos- cómo podía haber tanta ignorancia (salvando excepciones) en la juventud estudiantil. Nunca lo hemos debatido pero entiendo que cuando una materia no te importa, tampoco te importa preguntar sin pensar si lo que se pregunta tiene o no sentido.
-¿Hasta el punto de rechazar impartir clases en las mejores universidades de España?
La respuesta es idéntica a la de antes. Da igual qué universidad sea: los manuales son prácticamente los mismos. Entiendo que al alumno no se le puede exigir más y, sinceramente, no creo que se le pida conocer cada materia del Derecho más allá de sus aspectos básicos, algo claramente insuficiente para poder desempeñar la profesión con un ápice de garantías.
-¿Cuál es su truco para sobresalir respecto de los demás?
Ser sobresaliente es una cuestión relativa. No obstante, sólo me interesa el trabajo bien hecho (que también es relativo). Lo demás me da igual.
-¿Y cómo puede ser que, en ocasiones, como han relatado varios operadores jurídicos, su actitud en juicio sea la propia de un “pitbull” y, en otras, la de un “golden”?
Ni lo uno, ni lo otro. En todo caso, si como “pitbull” se refiere a ser agresivo o belicoso y como “golden” pacífico o manso, podría ser –y sólo en su caso– una mezcla. La personalidad es una y, en ocasiones, no siempre a uno le apetece adaptarse a las circunstancias, aunque admito que me gusta muchísimo más el debate sereno y, sobre todo, serio.
-¿La genética es importante para tener las cualidades necesarias para ser el mejor abogado o el más destacado en una determinada esfera, como resulta en su caso, en el ámbito de los delitos penales?
La genética es cómo somos; el trabajo, en lo que nos convertimos. En definitiva, salvando excepciones (que toda regla tiene), cualquiera puede ser el mejor en su ámbito siempre que no trabaje exactamente igual las cualidades que otro genéticamente mejor, lo que no suele suceder.
-¿Qué casos le quitan el sueño a Raúl Pardo Geijo?
Todos y ninguno. Todos porque siempre estoy pensando en nuevas soluciones (¡las buenas ideas pueden surgir en el momento menos esperado!). Ninguno porque no otorgo prevalencia a unos sobre otros. En suma, todos pero ninguno en particular.
-¿Qué sensación tiene cuando, como hemos conocido este último mes, ha logrado la absolución de uno de los clanes de tráfico de drogas más importantes de España por la nulidad del procedimiento, aun sabiendo que habían cometido los actos que les imputaban?
La sensación es que se ha hecho justicia, en cualquiera de las vertientes de su definición. Son todos inocentes (los hechos probados así lo dicen) y si, por cualquier casual, se considera que en el fondo eran culpables (hablo a efectos dialécticos), el resultado debe servir para que no se vuelva a incurrir en un error de este tipo. El respecto de los derechos fundamentales priman sobre la convicción interna que pueda tener el juzgador aunque, en este caso concreto, la labor policial no estuvo mal desarrollada (todo lo contrario), simplemente dejaron algún cabo suelto que se pudo aprovechar.
¿También asesora a clientes internacionales?
Sí, pero deben adaptarse a mi idioma. Hoy en día es sumamente sencillo entenderse en otra lengua. Salvo casos muy específicos, nunca he precisado de un traductor oficial, sobre todo –y por desgracia- porque lo que el acusado diga ante el Juez tiene escaso valor (el derecho a no decir verdad le priva de fuerza suasoria a su declaración), razón por la que no siempre es preciso que le cuente su parecer más allá de los aspectos básicos.
¿Por qué no suele manifestar nada, en prensa, sobre los casos que lleva?
No tengo mucho tiempo para los medios. Si lo hago es porque el propio cliente me lo solicita (¡a veces hay que defenderse del escarnio público!) o porque me piden algún favor en particular, como dar una entrevista o comentar un determinado caso jurídico; eso sí, siempre que haya sido ya juzgado, esto es, que haya sentencia. No soy quién para decir u opinar cómo debe ser juzgado un asunto que no llevo y, por ende, sobre el que conozco una ínfima parte. Sí soy quien para hacerlo, si me contratan, pero en el procedimiento judicial, no fuera.
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